La Dirección General de Asuntos Jurídicos, de la Secretaría de Relaciones Exteriores, expedirá una Constancia de Manifestación de Voluntad de Renuncia a la Nacionalidad Mexicana, en el libre ejercicio del derecho humano a cambiar de nacionalidad, reconocido por la Declaración Universal de Derechos Humanos, articulo 15, numeral 2, y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), artículo 20, numeral 3, de los que el Estado Mexicano es parte; en el marco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 133.
La persona solicitante acudirá ante alguno de los Módulos de Atención al Público de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, de la Secretaría de Relaciones Exteriores, ubicados en la República Mexicana, o ante alguna de las Representaciones de México en el Exterior -Embajadas o Consulados- para la exhibición de los documentos enseguida descritos.
Antes de iniciar el trámite, la persona solicitante debe conocer que expedida la Constancia de Renuncia Voluntaria a la Nacionalidad Mexicana, la persona solicitante adquirirá la condición de extranjera, en términos del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, NO/NO EXISTIENDO UN DOCUMENTO PARA LA RECUPERACIÓN DE LA NACIONALIDAD MEXICANA.
La persona solicitante, debe asegurarse de cumplir con los siguientes requisitos de procedencia:
- Contar con la nacionalidad mexicana
- Gozar de una nacionalidad extranjera
- Ser mayor de edad
Para iniciar el trámite de expedición de la Constancia, la persona solicitante deberá exhibir ante esta Secretaría de Relaciones Exteriores la totalidad de la siguiente documentación, de lo contrario no será posible recepcionarla:
- Original y copia simple de la Solicitud -FORMATO SRE-2022-084-004- debidamente requisitada a máquina o a mano, con tinta azul y letra de molde legible y firmada. Al costado inferior-derecho de las páginas 01 y 02 también asentará su firma.
- Copia certificada del Acta de Nacimiento Mexicana expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano o Representación de México en el Exterior. En su caso, copia certificada del Acta de Nacimiento Mexicana expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano de la inserción de su acta de nacimiento extranjera.
- Original o Copia certificada del Acta de Nacimiento o de la Carta de Naturalización expedida en país extranjero, debidamente apostillado por la autoridad competente conforme a la normativa del país de su expedición, o en su caso, legalizada por la Representación Consular del lugar de su expedición. En caso de que ésta se encuentre redactada en un idioma distinto al español, deberá presentar su traducción al español por perito traductor del Poder Judicial de la Federación o autoridad facultada conforme legislación local.
En caso de no coincidir nombre y/o apellido con los asentados en el Acta de Nacimiento Mexicana, deberá exhibir documental oficial con la que subsane de manera suficiente tal discrepancia -Declaración Jurada ante notario público o autoridad competente del país de origen-.
- Original y copia simple de identificación oficial vigente, con fotografía y firma, para su debido cotejo.
- Dos fotografías a color tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta, reciente y tomada con una anterioridad no mayor de treinta días
- Original Pago de derechos conforme Resolución Miscelánea Fiscal vigente a la presentación de la Solicitud. Costos y procedimiento de pago consultables en https://portales.sre.gob.mx/tramites-dgaj/nacionalidad/costos-de-servicios-de-nacionalidad-y-naturalizacion.
Una vez recepcionada la documentación completa exhibida personalmente por el solicitante, sin mediar terceros o representantes legales, esta Secretaría de Relaciones Exteriores realizará el estudio de procedencia correspondiente. De ser procedente el trámite, se le enviará una comunicación electrónica oficial al correo electrónico señalado en su Solicitud, otorgándole una cita para la entrega de la Constancia. De no ser procedente el trámite, en una sola ocasión, se le enviará una comunicación electrónica oficial al correo electrónico señalado en su Solicitud, otorgándole un plazo de veinte días hábiles para que subsane las deficiencias observadas en su documentación, bajo apercibimiento de tenerse por desistido del trámite una vez transcurrido el plazo sin que se haya subsanado.
Todas las notificaciones relacionadas con el trámite de solicitud de Constancia de Renuncia Voluntaria a la Nacionalidad Mexicana se realizarán a través de los correos electrónicos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o el correspondiente a la Representación de México en el Exterior receptora del trámite, al correo electrónico señalado para tal efecto en la Solicitud.
Se ruega a la persona solicitante leer minuciosamente la Solicitud de Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento para el Ejercicio de Algún Cargo o Función Pública en el Gobierno de México -FORMATO SRE-2022-084-004-, toda vez que, la información asentada debe ser correcta y acorde con los documentos que se anexan a la misma, apercibido de las penas en que incurren las personas que declaran con falsedad ante una autoridad distinta de la judicial, en los términos de lo dispuesto por el Artículo 247, fracción I, del Código Penal Federal.

