Este documento se expide a mexicanos por nacimiento, que otro Estado los considere como sus nacionales y que pretendan acceder al ejercicio de algún cargo o función para el que se requiera ser mexicano por nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad.

Este trámite se inicia enviando un correo a la dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con los documentos que a continuación se enlistan, escaneados en formato PDF.

Requisitos

a) La solicitud DNN-1, debe llenarse a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible. 

b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano.

Si el interesado nació en el extranjero, deberá exhibir copia certificada del acta de nacimiento expedida por los consulados o por la sección consular de las representaciones diplomáticas de México en el exterior o copia certificada expedida por la oficina del registro civil mexicano de la inserción de su acta de nacimiento extranjera. Además deberá presentar copia igualmente certificada del acta de nacimiento o copia del certificado o declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento del padre o madre. En el caso de los hijos de naturalizados mexicanos, adicionalmente deberán presentar copia de la carta de naturalización del padre o madre, si estos se naturalizaron antes del nacimiento del interesado.

Cuando el registro del nacimiento del solicitante o de los padres sea extemporáneo (después del primer año de edad), el interesado deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos:

1. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos se casaron en territorio nacional y antes del nacimiento del solicitante.

2. Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor expedida por la oficina del registro civil mexicano, si nació en territorio nacional y fue registrado dentro del primer año de edad.

3. Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano expedida por la oficina del registro civil mexicano, registrado durante el primer año de edad.

4. Constancia expedida por la autoridad migratoria, de la fecha de internación al país del padre o de la madre extranjeros, si esto ocurrió antes de la fecha de nacimiento del interesado.

5. Cotejo notarial de la partida religiosa, si dicho acto se realizó durante el primer año de edad y en territorio nacional.

c) Presentar original y fotocopia de una identificación oficial vigente con fotografía, entre otras, el pasaporte mexicano, la credencial de elector, la cédula profesional, la cartilla del servicio militar nacional, el certificado de matrícula consular y la cédula de identidad ciudadana.

d) Entregar dos fotografías a color tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.) con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta, reciente y tomada con una anterioridad no mayor de treinta días.

e) Comprobante de pago de derechos correspondiente, en original.

f) Formular las renuncias y protesta que establece el artículo 17 de la Ley de Nacionalidad.

g) Copia del documento que lo acredite como nacional de otro país.

Una vez que cumpla con todos los requisitos establecidos para su trámite, recibirá en su correo electrónico el “Acuse de recibo” que corresponde. 

O bien en caso de que se encuentra incompleta, se le informara, a fin de que pueda complementar su información y así continuar con su trámite.

Asimismo, se le otorgará una cita para la entrega de sus documentos originales, así como para la toma de sus datos biométricos.

Si su trámite lo realiza en alguna de las Oficinas de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores fuera de la Ciudad de México, podrá presentar sus documentos en las mismas bajo los horarios y condiciones que fije cada una de las Oficinas.

A partir de la recepción de su “Acuse de recibo”, y de que esta autoridad cuente con sus documentos originales y de haber sido tomados sus datos biométricos, empieza a correr el plazo de 01 día hábil para la entrega de su Certificado.

Por lo que, cuando esté firmado su Certificado de nacionalidad mexicana por nacimiento, recibirá un correo electrónico para confirmarle una cita para la entrega de su Certificado en las Oficinas Centrales de la Secretaría de Relaciones Exteriores en la Ciudad de México, o bien, en la Oficina de Pasaportes más cercana a su domicilio.

Ver costos y tiempos.